CIRCULAR

La FEDERACIÓN VASCA DE BOLOS pone en conocimiento de todos los Clubes, deportistas y árbitros adscritos a la misma, cuanto sigue:

1 - Para la participación en los Campeonatos autonómicos del PAÍS VASCO, clasificatorios para los Campeonatos de España correspondientes, será requisito imprescindible estar en posesión de la licencia federativa nacional emitida u homologada por la Federación Española de Bolos.

2 - Las únicas competiciones oficiales calificadas como tal por LA FEDERACIÓN VASCA DE BOLOS serán las que organice la misma, la Federación Española de Bolos o cualquier otra Federación Autonómica integrada en la Federación Española de Bolos.

3 - Todos los Clubes, árbitros y jugadores adscritos a la FEDERACIÓN VASCA DE BOLOS que participen en competiciones no oficiales organizadas por federaciones autonómicas u otras entidades no integradas en la Federación Española de Bolos, no ostentarán en ningún momento la representación de esta FEDERACIÓN VASCA DE BOLOS.

4 - Se recuerda que toda competición del deporte de los Bolos, que afecte a más de una Comunidad Autónoma, es una competición de ámbito estatal, y por lo tanto, de competencia única y exclusiva de la Federación Española de Bolos.

5 – Toda competición oficial que se celebre en el País Vasco deberá estar bajo el amparo de la Federación Vasca de Bolos o de la Federación Española de Bolos.

6- Si hubiera alguna competición oficial entre dos o más federaciones autonómicas que no estuviera organizada ni sea competencia de la Federación Española de Bolos deberá tener el expreso consentimiento de la Federación Vasca de Bolos.

Lo que les comunicamos para su conocimiento y efectos oportunos.


POR LA FEDERACIÓN VASCA DE BOLOS
EL PRESIDENTE

Fdo.: Pedro Aguirre


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